Mediante la manipulación de la fórmula de actualización, Milei pretende garronear hasta 40% de las jubilaciones. También planea saquear las reservas de ANSES.

Habrá ajuste por inflación, pero recién desde abril 

Lo que se esconde detrás del aumento mensual de las jubilaciones 

Entre los cambios a la Ley Ómnibus se dispuso que hasta marzo los haberes se actualizarán por la fórmula actual: subirían apenas un 35% ante una inflación trimestral que ronda el 76%. Recién a partir de abril habrá ajustes mensuales atados al IPC del Indec, pero con dos meses de rezago.

Por Natalí Risso

La propuesta que modifica la fórmula de movilidad jubilatoria esconde un ajuste encubierto que licuará – aún más- el ingreso de los y las jubiladas, además de las prestaciones sociales que también actualizan por la fórmula, como la Asignación Universal por Hijo. El nuevo texto, que ingresó este lunes al Congreso, propone aumentar mensualmente las jubilaciones de acuerdo al «último dato de inflación mensual disponible al momento de comenzar el ciclo de pago de cada mes» a partir de abril. Esto provocará, desde el momento cero, una profundización de la pérdida de poder adquisitivo de los jubilados de, por lo menos, cuarenta puntos en un solo trimestre. Una vez hecho el empalme, la aplicabilidad administrativa (que aún debe reglamentarse) podría implicar que el ajuste mensual se haga con un rezago de por lo menos dos meses en los datos (es decir, que en abril actualice con la inflación de febrero) y, por lo tanto, los aumentos mensuales tengan rezagos de 60 días con respecto al índice general de precios. 

En busca de los votos para aprobar la ley ómnibus a contrarreloj, el equipo de Javier Milei cedió ante uno de los puntos que reclamaba la oposición «dialoguista»: la modificación de la fórmula jubilatoria. Al analizar la letra chica la propuesta, a priori, no alcanzaría para satisfacer las demandas de la oposición que pretendían que la indexación mensual de los haberes opere a partir de enero. «El problema es el empalme. Esto tiene que estar ajustado retroactivamente para que los jubilados no pierdan», escribió en su cuenta de X la vicepresidenta del bloque de la UCR Karina Banfi sintetizando lo que muchos de los diputados manifestaban en los pasillos del Congreso.

Asimismo, el proyecto mantiene la declaración de emergencia en materia previsional. «Esto faculta al PEN a hacer y deshacer lo que se le venga en gana, con la movilidad jubilatoria, con el FGS, y con lo que se le plazca, respecto de la materia previsional, en tanto y en cuanto, la emergencia significa la delegación de facultades legislativas», explica el especialista en Seguridad Social Facundo Fernández Pastor: «Si pretendían imponerle que no se ajustara sobre los jubilados, no debieron declarar la emergencia en materia previsional, ni un día, ni una semana, ni un segundo», sentencia.

Los cambios

«El gobierno va a cumplir con el ajuste trimestral que le corresponde a los jubilados en marzo respetando la fórmula actual. A partir de abril, comienza una actualización automática por inflación mensual en base al último dato de inflación del Indec disponible al momento de comenzar el ciclo de pago de cada mes. Así se les garantiza a los jubilados que mantengan su poder adquisitivo», engaña el ejecutivo en el borrador que explica los cambios al nuevo proyecto de ley de «Bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos». 

De esta manera, el plan del oficialismo para los jubilados sería mantener en febrero el haber previsional de 105.713 pesos para las jubilaciones mínimas, sumando un bono a confirmar por el ejecutivo. En enero fue de 55.000 pesos para lograr que todas las jubilaciones se encuentren por encima de los 160.000 pesos, con lo cual se estima que será de ese valor o mayor, teniendo en cuenta las proyecciones de 25 por ciento de inflación para el primer mes del año.

Pero la motosierra a los jubilados se enciende con la disposición del mes en que comenzará a regir la nueva fórmula, en un trimestre con una inflación muy elevada. Desde marzo los jubilados cobrarían una actualización a partir de la fórmula jubilatoria vigente. 

La ley de movilidad que rige desde 2021 otorga cuatro aumentos por año que se determinan según un índice que combina un 50 por ciento de la evolución de los salarios del Indec y del Ripte (Remuneración Imponible de Trabajadores Estables) —el mayor de ambos— y otro 50 por ciento de la recaudación tributaria de la Anses. 

El cálculo actual ya viene con un rezago, porque se realiza sobre el trimestre anterior (es decir para la actualización de marzo se tomará en cuenta la variación de los salarios y de los ingresos tributarios de Anses entre septiembre y diciembre de 2023). Según cálculos de la consultora PxQ liderada por Emmanuel Álvarez Agis, «los haberes podrían subir en torno a 35 por ciento en marzo con una inflación que en el trimestre diciembre-enero-febrero podría ser mayor al 76 por ciento». De este modo, el poder adquisitivo de los haberes jubilatorios y las prestaciones sociales caería 41 puntos porcentuales en el periodo.

De esta manera, se sumaría un trimestre más al derrotero de los haberes previsionales: durante el gobierno de Macri las jubilaciones mínimas cayeron casi un 20 por ciento. Un golpe que la gestión de Alberto Fernández prometió y no logró recuperar, adhiriendo dos puntos a la caída en la jubilación mínima, pero mayor para el resto de los haberes.

Si todo sale como el gobierno espera, en abril comenzaría a regir la nueva fórmula propuesta de aumentos «conforme al último dato de inflación mensual (NdR: de Indec) disponible al momento de comenzar el ciclo de pago de cada mes». «En esta frase aparece el secreto y la gran incógnita que resolverá la reglamentación», analiza el abogado previsional Federico Bobrovsky en diálogo con este diario, «es que al referirse al último dato disponible al comenzar la liquidación, la alerta que se enciende es el rezago. En Anses se liquidan los haberes con, por lo menos, 30 días de anterioridad. Entonces al aumento de abril, que deberían comenzar a liquidar a principios de marzo, deberán calcularlo con datos de febrero. Salvo que readecuen todos los sistemas, algo que no se hace de un día para el otro», sentencia. 

«El cambio de fórmula sería en realidad un ajuste encubierto, que consiste en reconocer 11 de los 12 meses de inflación de 2024», complementa PxQ, «Con este artilugio, el gobierno se estaría “ahorrando” la inflación de enero para la movilidad previsional. Esto es particularmente importante porque, si el plan es exitoso, la inflación mensual debería ser decreciente y, por tanto, la variación de febrero de 2024 que incorporarán los haberes no será suficiente para recuperar el poder adquisitivo perdido durante enero».

Vocación fiscal

Dada la vocación fiscal que tiene el ministro de Economía Luis Caputo, un punto importante a analizar es el impacto de la medida en las cuentas públicas. De acuerdo a PxQ, el gasto en jubilaciones y pensiones terminó 2023 representando 6,7 por ciento del PIB, es decir 1 punto porcentual por debajo de 2022 y 2,9 por debajo de 2020. «Si bien con la indexación mensual se podría llegar a diciembre de 2024 con un haber jubilatorio ajustado por inflación en un nivel similar al de diciembre, el haber promedio del 2024 sería 30 por ciento más bajo que el del promedio de 2023», explica la consultora asumiendo que nunca se contabilizaría la inflación de enero por el rezago administrativo. «Asumiendo un PIB retrocediendo en el entorno del 3 por ciento, el gasto en jubilaciones de 2024 podría caer 0,9 por ciento del PIB con este mecanismo de actualización». 

El número supera el ajuste proyectado del propio Caputo, que  informó que para alcanzar el superávit fiscal primario equivalente a 2 por ciento del Producto Interno Bruto reducirá 0,4 por ciento del PIB en la línea de las jubilaciones y pensiones en el presupuesto.

Jubilaciones de privilegio

Además, Milei agregó un gesto político al proyecto –en línea con el discurso de su campaña– al incorporar la eliminación de la jubilación de privilegio para Presidente y Vicepresidente. En el articulado negociado, el Ejecutivo propone la modificación de la Ley 24.018, que ordena las jubilaciones de los cargos de los tres poderes del Estado, y propone la modificación del artículo 1, quitando al Presidente y Vicepresidente –que quedan comprendido en el sistema integrado de jubilaciones y pensiones– y dejando solo a los miembros de la Corte Suprema. Además, eleva de 60 a 65 años la edad para ingresar al sistema jubilatorio para los funcionarios que quedaron comprendidos por la normativa. 

Fuente: Página/12. Link. Imagen: Cuba Debate.

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