La Comisión Bicameral presentó el informe sobre el funcionamiento de la Oficina de escuchas de la Corte. Se corrobora que se usó ilegalmente en el marco del terrorismo macrista contra la población argentina.

La validez de las grabaciones irregulares debe analizarla el mismo tribunal desde cuya órbita se realizaron

Espionaje ilegal: las filtraciones de las escuchas y la paradoja de la Corte Suprema

El dictamen de la Comisión Bicameral de inteligencia sobre irregularidades en la oficina de escuchas, que hoy fue entregado a las autoridades del Congreso, reveló cómo operaban en connivencia el Poder Ejecutivo del macrismo y Poder el Judicial para dejar trascender conversaciones privadas de alto impacto político, como ocurrió con el caso de Santiago Maldonado. Ahora es la propia Corte, de la que depende la dirección de escuchas, la que debe decidir si son válidas las intervenciones telefónicas a la familia del joven que apareció muerto en 2017.

Por Irina Hauser

El dictamen y el informe de la Comisión Bicameral que supervisa los organismos y actividades de inteligencia que cuestiona el papel de la oficina de las escuchas telefónicas desde su traslado a la órbita de la Corte Suprema, en 2016, fueron entregados este miércoles a la titular del Senado, Cristina Fernández de Kirchner, y a Sergio Massa, presidente de la Cámara de Diputados. El texto dejó a la vista que desde entonces hubo graves filtraciones a la prensa de conversaciones privadas vinculadas con casos de alto impacto político. Una de las aristas hasta ahora menos señaladas del informe de las/los senadoras/es la que denuncia, en particular, fuertes obstáculos para desentrañar lo ocurrido con escuchas a la familia de Santiago Maldonado, a uno de sus amigos, una integrante de la comunidad Pu Lof en Resistencia de Cushamen y a una mujer ajena al tema. Sus teléfonos fueron pinchados mientras se investigaba su desaparición de joven pese a que ninguno de ellos estaba imputado. La gran paradoja es que la validez de esas intervenciones y su llegada a manos de periodistas debe ser analizada por la propia Corte Suprema que materializó las intervenciones a través de la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAJuDeCo).

El análisis que hizo la Bicameral, que preside el diputado del Frente de Todos Leopoldo Moreau, resaltó que lo que originalmente era un organismo para hacer escuchas telefónicas –que estaba en manos de la Procuración General y pasó a la esfera de la Corte con un DNU de Mauricio Macri– se agigantó y devino en una dependencia con “amplias funciones y sofisticadas estructuras” que operó como herramienta del “máximo tribunal para supervisar la persecución penal”, con participación casi directa en las investigaciones de los juzgados de Comodoro Py contra ex funcionarios. La Corte, plantea, se adjudicó funciones legislativas al agrandar la oficina de escucha y dotarla de funciones hasta de policía judicial. Moreau explicó en forma detallada las claves del estudio. En la DAJuDeCo minimizan el contenido, dicen que es sesgado y que apunta cuestionar al tribunal y especial a Ricardo Lorenzetti, que lo presidía cuando las escuchas pasaron al ámbito cortesano, y al camarista Martín Irurzun, que quedó a cargo los primeros años. Pero en algunos despachos supremos reina la premisa de respetar a los otros poderes del Estado. Horacio Rosatti incluso ha propiciado el control de las escuchas desde el Congreso.

Buena parte del trabajo se basó en el análisis de algunos casos concretos donde se filtraron conversaciones privadas a los medios: diálogos entre Oscar Parrilli y CFK que fueron obtenidos de una pre-causa promovida por la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) apenas desembarcó Gustavo Arribas y una causa sobre supuesto encubrimiento del narco Ibar Pérez Corradi; diálogos extraídos de escuchas a los teléfonos públicos del penal de Ezeiza en una causa contra el narco Mario Segovia pero usadas para vigilar a ex funcionarios y generar un expediente para poner en duda el del D’Alessiogate; y el caso de Santiago Maldonado, donde hubo una cuestionada orden judicial del primer juez del caso, Guido Otranto, para intervenir los teléfonos de su hermano Sergio, su amigo Ariel Garzi, Claudina Pilquiman de la comunidad Pu Lof, y una mujer sin relación con el tema. Son todas actividades que inscriben en la misma lógica de las tareas de espionaje ilegal o de dudosa legitimidad fueron una marca del gobierno de Macri y que quedó a la vista en dos grandes causas que pusieron esa operatoria a la vista: la que tramita en Lomas de Zamora, a cargo de los fiscales Cecilia Incardona y Santiago Eyherabide y la que tramita en Dolores a cargo del juez Alejo Ramos Padilla.

Como informó este diario, tanto en el caso de Parrilli como el de la llamada “Operación Puf”, la Bicameral hizo una reconstrucción de lo sucedido, advirtió sobre el doble papel de Irurzun como camarista y titular de la DAJuDeCo, y la utilización del contenido de los diálogos, que quedó claro que no habían aportado nada para esclarecer los expedientes en cuestión. En el caso de Maldonado el informe de la comisión señala que si bien pidió información sobre las intervenciones telefónicas al juez Gustavo Lleral –que sucedió a Otranto en la pesquisa– y a la propia DAJuDeCo que había abierto un expediente administrativo por las filtraciones, no obtuvo datos de ningún tipo que le permitieran reconstruir nada. Lo que vuelve a quedar sobre el tapete a partir de la inclusión de este tema en el informe es la utilización de escuchas telefónicas en una causa de enorme trascendencia como lo fue la de la desaparición de Santiago Maldonado, el 1 de agosto de 2017. Las intervenciones se hicieron en el período en que era buscado y estaban dirigidas a personas allegadas a él, incluso sus familiares. Más adelante se produjo filtración de parte de los diálogos a los medios, para ser aprovechada por Gendarmería –en los tiempos en que dependía de Patricia Bullrich– para promover una acusación dirigida a la familia, para deslindar la responsabilidad de sus hombres, que estaban en la mira por la cacería que derivó en la muerte del joven, cuyo cuerpo fue hallado el 17 de octubre de aquel año en las aguas heladas del río Chubut.

Las escuchas fueron ordenadas por el juez Otranto, que luego fue desplazado de la causa por la Cámara de Comodoro Rivadavia, pero no se conocieron hasta el año siguiente, cuando el juez que se hizo cargo del expediente, Lleral, se encontró con esos teléfonos intervenidos. En mayo de 2018 Lleral ordenó destruir el material recopilado y consideró que eran escuchas “inconstitucionales”, “ilegítimas”, “inconducentes” y “desproporcionadas”. Pero la fiscal Silvina Avila apeló y la Cámara las avaló. Sólo Javier Leal de Ibarra dijo en disidencia que no eran válidas las escuchas a Sergio Maldonado. Leal de Ibarra es quien sucedió a Irurzun al frente de la DAJuDeCo y hoy sigue a cargo del organismo. La familia llevó el tema a la Cámara de Casación y la Sala IV respaldó las pinchaduras. La abogada Verónica Heredia planteó una y otra vez que son ilegales las escuchas a testigos y víctimas: sólo se podría investigar por medio de intervenciones de teléfonos a los imputados. No era el caso de ninguno de los escuchados.

En nombre de Maldonado, Heredia llevó el tema en queja a la Corte Suprema y está ahí desde abril de 2019 sin resolver. “Nosotros cuestionamos la validez de las escuchas y las filtraciones ante la Corte. Le pedí, además, al tribunal que tuviera en cuenta su propia acordada del 19 de junio de 2019 que pone límites a las intervenciones telefónicas. Seguimos sin respuesta”, dijo a PáginaI12 la abogada Heredia. El máximo tribunal debe revisar qué ocurrió con las escuchas que ejecutó su propio organismo encargado de pinchar los teléfonos y que la Comisión Bicameral pone en cuestión y señala como uno de los posibles responsables de las fallas en la cadena de custodia, junto con la AFI. La acordada que señala Heredia fue consecuencia de los escándalos por las filtraciones. Los supremos también tienen pendiente resolver el destino de la investigación sobre la desaparición y muerte de Maldonado, donde nunca nadie fue indagado y según el mismo juez Lleral no había delito. La causa, hoy, ni siquiera tiene juez. La Corte no tuvo para atender este caso el mismo apuro que, por ejemplo, para resolver por per saltum la discusión sobre los jueces trasladados a la Cámara que preside Irurzun.

Fuente: Página/12. Link. Imagen: 

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