Uno de los logros más trascendentes de la diplomacia argentina en los largos últimos años es haber conseguido la aprobación por la Asamblea de Naciones Unidas de los principios básicos para renegociar las deudas externas de los Estados.

Una síntesis de los principios básicos por los que deben guiarse los procesos de reestructuración de deuda soberana es la siguiente:

  1. Un Estado soberano tiene derecho a elaborar sus políticas macroeconómicas, incluida la reestructuración de su deuda soberana.
  2. El deudor soberano y todos sus acreedores deben actuar de buena fe.
  3. El principio de la transparencia debe promoverse para aumentar la rendición de cuentas de los interesados.
  4. El principio de la imparcialidad exige que todas las instituciones y agentes involucrados en las reestructuraciones de la deuda soberana, incluso a nivel regional, de conformidad con sus mandatos respectivos, sean independientes y se abstengan de ejercer toda influencia indebida en el proceso y en otros interesados o de realizar actos que generen conflictos de interés o corrupción o ambos.
  5. El principio del trato equitativo impone a los Estados la obligación de abstenerse de discriminar arbitrariamente a los acreedores, a menos que la diferencia de trato esté justificada conforme a derecho, sea razonable y se corresponda con las características del crédito, garantice la igualdad entre los acreedores y sea examinada por todos los acreedores. Los acreedores tienen derecho a recibir el mismo trato en proporción con su crédito y con las características de este.
  6. El principio de la inmunidad soberana de jurisdicción y ejecución en materia de reestructuración de la deuda soberana es un derecho de los Estados ante los tribunales internos extranjeros y las excepciones deberán interpretarse de manera restrictiva.
  7. El principio de la legitimidad implica que al establecer instituciones y realizar operaciones relacionadas con la reestructuración de la deuda soberana se deben respetar, en todos los niveles, los requisitos de inclusión y el estado de derecho.
  8. El principio de la sostenibilidad significa que las reestructuraciones de la deuda soberana deben realizarse de manera oportuna y eficiente y crear una situación de endeudamiento estable en el Estado deudor.
  9. La reestructuración por mayoría implica que los acuerdos de reestructuración de la deuda soberana que sean aprobados por una mayoría cualificada de los acreedores de un Estado no se verán afectados, perjudicados u obstaculizados de otro modo por otros Estados o por una minoría no representativa de acreedores, que deben respetar las decisiones adoptadas por la mayoría de los acreedores.

Argentina incluyó estos principios en sus leyes. Bolivia anuncia que seguirá el mismo camino. También Sudáfrica.

Es un tema trascendente. No sólo por los fondos buitre. Es el funcionamiento de un capitalismo financiero desquiciado que pone en jaque al mundo todo el que está en discusión. Se dirime si hay posibilidad de establecer alguna regulación o el flujo sin control de los capitales continuará haciendo de nuestro tiempo el de mayor desigualdad en toda la historia del hombre. Es sólo un pasito. Pero un pasito muy importante. Tal vez el que pueda ayudarnos a empezar a caminar.

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