Macri, perverso como siempre, da de baja las pensiones por discapacidad; pero cagón, como es, no dice que las da de baja, dice que hay que actualizar el registro. En el camino quedarán miles que no podrán superar los obstáculos burocráticos.

Nación dio de baja todas las pensiones por discapacidad

Los beneficiarios de pensiones por discapacidad se encuentran con dificultades debido a una resolución emitida por el gobierno nacional. Es que ordenó dar de baja a quienes presenten una “incompatibilidad”. Por ese motivo, deben concurrir a la Anses para realizar el reclamo correspondiente y así evitar inconvenientes con el cobro.

El gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial la resolución 268/2018 de la Agencia Nacional de Discapacidad, donde señaló que “mediante la Disposición Nº 217/2018 de esta Agencia Nacional de Discapacidad, se aprobó el circuito administrativo de notificación de incompatibilidades con el Decreto 432/97, de suspensión y caducidad de pensiones no contributivas por invalidez”.

A su vez, indicó que “se considera adecuado establecer un plazo de 10 días hábiles administrativos para que el administrado pueda ejercer su legítimo derecho de defensa y ofrecer la prueba de la que intentare valerse, así como también tomar vista de las actuaciones”.

En ese aspecto, la Agencia Nacional de Discapacidad aprobará un circuito para la “notificación de incompatibilidades, suspensión y caducidad de las pensiones no contributivas por invalidez”. Además se difundieron los nuevos requisitos para recibir la respectiva pensión. Aquellos que la soliciten no deben percibir ninguna jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva.

Tendrán que acreditar que la capacidad laboral representa una disminución del 76% o más y no estar empleado bajo relación de dependencia.

Tampoco deben tener bienes, ingresos ni recursos que permitan la subsistencia o la de su grupo familiar. Como así tampoco tener parientes obligados legalmente a proporcionar alimentos o que, teniéndolos, se encuentren impedidos para hacerlo.

El beneficiario debe ser argentino nativo, argentino naturalizado con, por lo menos, 5 años de residencia o extranjero con, por lo menos, 20 años de residencia. Tampoco debe estar detenido a disposición de la justicia.

Fuente e imagen: La Arena – Elpatagonico.com. Link.

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