Todo para los sojeros. La reestructuración del Ministerio de Agroindustria subsume la Secretaría de Agricultura Familiar en estructuras preexistentes. Macri desarticuló todo el trabajo con los pequeños agricultores. Todo para los pooles sojeros.

Dejó de existir la Secretaría de Agricultura Familiar: sus funciones serán asumidas por programas del INTA

Se trata de Cambio Rural y ProHuerta.

Hoy martes (por ayer 2 de mayo – DM) dejó formalmente de existir la Secretaría de Agricultura Familiar en el ámbito del Ministerio de Agroindustria de la Nación al comenzar a regir el nuevo organigrama del organismo.

En octubre del año pasado el último secretario de Agricultura Familiar, Oscar Alloatti, renunció a su cargo al considerar que no contaba con el presupuesto necesario para desarrollar su tarea. Desde entonces esa unidad estaba vacante.

La salida –sorpresiva– de Alloatti generó un cambio de enfoque: se decidió dar de baja esa estructura para concentrar buena parte de la ayuda asistencial destinada a agricultores familiares a través de los programas del INTA Cambio Rural y ProHuerta (programa estrella gracias al marketing brindado por la huerta que la primera dama Juliana Awada hizo montar en la residencia presidencial de Olivos).

En ese contexto, según el decreto 302/17 publicado hoy martes en el Boletín Oficial, se determinó que la anterior Secretaría de Coordinación y Desarrollo Territorial (a cargo de Santiago Hardie) pase a ser ahora la Secretaría de Agricultura Familiar, Coordinación y Desarrollo Territorial (que tendrá a su cargo la Subsecretaría de Agricultura Familiar, cuyo titular deberá ser designado próximamente).

Las restantes tres secretarías (Agricultura, Ganadería y Pesca; Agregado de Valor; y Mercados Agroindustriales), junto con un total de quince subsecretarías, fueron formalizadas por el decreto 302/17 tal como están conformadas actualmente.

La norma define las funciones específicas de cada unidad del Ministerio de Agroindustria. Por ejemplo, en el caso de la Subsecretaría de Control Comercial Agropecuario se determinan diez atribuciones, entre las cuales se incluyen “entender en la operatoria referida a la matriculación, registración y fiscalización de las actividades de las personas humanas y jurídicas que intervengan en el comercio e industrialización de las distintas cadenas agroalimentarias y agroindustriales” y “fiscalizar las normas de clasificación y tipificación del ganado y de la carne destinadas al consumo y a la exportación y de todos los productos y subproductos de la ganadería”.

Fuente: www.valorsoja.com. Link. Imagen: www.unlz.edu.ar.

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