Diversas medidas cautelares fueron presentadas para anular los decretos de Macri nombrando jueces en la Corte Suprema de la Nación.

Presentan una cautelar contra Macri por los jueces de la Corte

Las asociaciones civiles Abogados por la Justicia Social y Centro de Estudios Para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad sostienen la inconstitucionalidad de la designación por comisión de los magistrados. El documento está ahora en manos del Juzgado Federal Nº 2 de La Plata.

 

Un colectivo de abogados presentó una cautelar contra Mauricio Macri por el nombramiento por decreto de los jueces Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz como ministros de la Corte Suprema. “Esto surge a partir del trabajo colectivo que realizamos un grupo de profesores de la Facultad de Derecho y las asociaciones civiles Abogados por la Justicia Social (AJUS) y Centro de Estudios Para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), y venimos observando la gravedad institucional del dictado del decreto. Apuntamos a la inconstitucionalidad de su primer artículo, que es donde Macri designa en comisión a los dos jueces”, dijo a Contexto Mariano Lovelli, miembro del grupo de letrados que elaboró la cautelar presentada.

“LO QUE NOSOTROS ATACAMOS ES LA DESIGNACIÓN MISMA DE ESTOS JUECES, PORQUE VIOLA LOS PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA CONSTITUCIÓN Y EN EL DECRETO 222 DE 2003, EN DONDE SE AUTOLIMITARON LAS FACULTADES DEL PODER EJECUTIVO PARA EL NOMBRAMIENTOS DE JUECES.”

Lovelli explicó que el amparo no se pronuncia en perjuicio de las capacidades técnicas de los dos candidatos. “Lo que nosotros atacamos es la designación misma de estos jueces, porque viola los procedimientos establecidos en la Constitución y en el Decreto 222 de 2003, en donde se autolimitaron las facultades del Poder Ejecutivo para el nombramientos de jueces”, afirmó el abogado, y agregó: “A partir de esta controversia, el 11 de diciembre será ‘el día del nombramiento a dedo’”.

– La controversia principal surge en torno a si el accionar de Macri es o no inconsticucional. ¿Qué es lo que la cautelar postula para atacar el nombramiento a nivel jurídico?

 Nosotros entendemos que la interpretación que el Poder Ejecutivo realiza del artículo 99 inciso 19 de la Constitución –que es de nombrar a empleados que requieran el aval del Senado en períodos de receso legislativo– lo que hace es degradar la calidad institucional de la República, porque asimila a las cabezas de uno de los tres Poderes del Estado, como son los ministros de la Corte Suprema, y los rebaja a la calidad de “empleados”. Esto violenta lo que dice el artículo 99 inciso 4, que afirma que deben ser designados a través del acuerdo del Senado.

 Entonces, ¿cuál es la maniobra específica de Macri para escudar el decreto por comisión?

 Se trata de máximos miembros de un Poder del Estado. Cuando el artículo 99 inciso 19 nos habla de empleados, se está refiriendo a funcionarios que dependen del Poder Ejecutivo nacional, como puede ser el caso de ministros plenipotenciarios o militares. Está muy claro que el sentido de la norma tiene que ver con alguna circunstancia imprevisible en la que hubiere que nombrar, por ejemplo, a un general en una batalla o a algún embajador por fallecimiento del anterior, y por lo cual el Poder Ejecutivo debiere rápidamente reemplazarlo.

– ¿Qué consecuencias puede acarrear a nivel institucional que se concrete la asunción de los magistrados?

– El problema principal que esto acarrea es que afecta la independencia de la Justicia. Han sido designados desde el Ejecutivo sin ningún tipo de control por parte del Senado. Además, estamos hablando de jueces provisionales. Supongamos que luego el Senado decide rechazar el pliego: no fueron jueces naturales. Eso sienta un precedente grave porque a partir de ahora cualquier presidente podría esperar al 11 de diciembre para designar jueces. Ese no es el espíritu de la Constitución, ni el de la Convención Interamericana de Derechos Humanos.

Nosotros solicitamos que se declare la inconstitucionalidad de la designación en comisión de los jueces y se suspenda la jura de los magistrados hasta tanto se resuelva esto.

Lovelli explicó que, mediante un acuerdo, la Corte resolvió posponer la asunción de los magistrados hasta el mes de febrero. “Nosotros entendemos que no es más que un retroceso para el accionar de Macri. La Corte habla en términos de ‘sin perjuicio de la plena validez del decreto’, lo que quiere decir que en vez de tomarle juramento la semana entrante se tomará luego de la feria de enero. La situación sigue siendo la misma”.

La cautelar recayó en el Juzgado Federal Nº 2 de La Plata, a cargo del doctor Adolfo Ziulu. La presentación ahora aguarda la resolución del juzgado platense para conceder o denegar la demanda y luego ser trasladada al Poder Ejecutivo para que continúe curso.

Fuente: Diario Contexto. Nota

NUEVA PRESENTACION JUDICIAL CONTRA EL NOMBRAMIENTO DE ROSATTI Y ROSENKRANTZ

“Virtuales designaciones de facto”

El Movimiento de Profesionales para los Pueblos presentó un amparo y pidió la nulidad del decreto con el que Mauricio Macri cubrió las vacantes de la Corte sin intervención del Congreso. La entidad advirtió que se trata de un “golpe institucional”.

Con términos muy duros, el Movimiento de Profesionales para los Pueblos presentó una acción de amparo y pidió la nulidad del decreto 85/2015 por medio del cual el presidente Mauricio Macri designó dos jueces de la Corte Suprema de Justicia. Caracterizándolo como un “golpe institucional”, el colectivo de abogados describe la disposición como “arbitraria” e “irregular” y señala que las “virtuales designaciones de facto” son “una grave violación al funcionamiento de la República” que busca “echar por tierra la independencia judicial”. El amparo que se presentó ayer en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal 11 de la Ciudad de Buenos Aires es sólo uno de la serie de amparos que comenzaron a replicarse en distintos puntos del país. Hubo presentaciones en Mar del Plata, Tucumán, Chaco, La Rioja y La Plata. Pese al anuncio de la postergación de la jura, las presentaciones no se frenaron. Los abogados y las abogadas –muchos vinculados a causas de lesa humanidad– consideran que el problema es que el decreto sigue vigente con jueces ya designados por el Ejecutivo, sin el aval de controles y del procedimiento reglamentario.

La presentación en la ciudad de Buenos Aires la hizo Emiliano Coradino, como presidente del MPP, de acuerdo con las previsiones del artículo 43 de la Constitución Nacional. El amparo pide a la Justicia que declare la nulidad, ilegalidad e inconstitucionalidad del decreto y señala como responsables al presidente Macri; su jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Justicia, Germán Garavano. El objeto de la presentación es “que se declare la nulidad, ilegalidad, inconstitucionalidad, arbitrariedad manifiesta e inaplicabilidad del decreto N 83/2015 publicado en Boletín Oficial el 14/12/2015, ya que su dictado representa la afectación del funcionamiento republicano de la Carta Magna y la afectación de la seguridad jurídica, toda vez que toda decisión que adopte el máximo tribunal estará viciada de nulidad absoluta, lo que implica la afectación de nuestros derechos individuales”. Como sucede en cada una de las presentaciones, el amparo se fundó en un interés legítimo. En este caso, el MPP patrocina una causa que está pendiente de tratamiento ante la Corte Suprema. Se trata del caso “Martínez, Sergio Raúl c/ Agua Rica Lic. Suc. Argentina y su propietaria Yamana Gold Inc. y otros s/ Acción de amparo”, actualmente pendiente de tratamiento en la Corte.

“La máxima autoridad del Ejecutivo Nacional invocó una disposición que a todas luces no resulta aplicable a las designaciones que se intentan realizar, nombramientos además que implican una violación al principio de independencia judicial y de juez natural”, señaló Coradino sobre el proceso de designación de Carlos Fernando Rosenkrantz y de Horacio Daniel Rosatti a integrar la Corte Suprema. Luego de explicar que no está fundada la “urgencia” a la que apeló el Ejecutivo para inscribir su decisión, la presentación señala en uno de sus párrafos más duros que “el intento de integrar arbitraria e irregularmente la Corte Suprema no se funda –como reza en el decreto– en la supuesta urgencia, sino que tiene como real sustento la intención, el deseo, de armar una Corte afín, que resguarde los propios intereses del Poder Ejecutivo en detrimento de todos los ciudadanos de la República. Ese, y no otro, es el auténtico fundamento que alienta el golpe institucional que se pretende dar; el logro de una garantía de impunidad para sí, y para terceros afines”.

Presentaciones semejantes se hicieron en otros distritos. El abogado Mario Bosch en representación de las víctimas de lesa humanidad de la provincia de Chaco presentó un amparo ante la Justicia federal de esa provincia, en el marco de la causa José Tadeo Luis Bettolli, ex capitán del Ejército, que está en la Corte Suprema por un recurso de queja presentado por la defensa.

En la ciudad de Buenos Aires se hicieron dos presentaciones. La del MPP y otra de un ciudadano común en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal 4 de Rita Ailán. Esa presentación fue rechazada y rápidamente el sitio web de la Corte difundió el fallo en su página web. Pero no es semejante al resto de los amparos, según los abogados, porque ahí la hizo un ciudadano común sin interés legítimo en una causa.

El dato del traspaso de la jura hacia febrero y la apertura en paralelo del proceso de evaluación de antecedentes de los jueces, no frenó la presentación de los amparos porque quienes las promueven consideran que son necesarios mientras el decreto no se derogue y siga vigente. Explican que el problema de ilegalidad ya está planteado porque el decreto ya los designó, y que la irregularidad ya está cometida. Entienden que el Ejecutivo debe someterse al modo normal de designación de jueces: esto es, enviar los pliegos de los candidatos al Senado con la puesta en marcha del decreto 222/03. El resto, tal como sigue vigente, insisten, muestra sólo un problema de agendas.

Fuente: Página 12

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